28 de febrero de 2026
La empresa familiar: cómo blindar su patrimonio y el relevo generacional
La empresa familiar es el corazón de nuestra economía, pero también una de las estructuras más complejas de gestionar a nivel impositivo. Muchos empresarios viven con la incertidumbre de qué pasará el día de mañana: ¿se perderá el esfuerzo de toda una vida en impuestos al pasar el testigo a los hijos?
La respuesta corta es: no, si cumple con los requisitos de la empresa familiar.
En esta serie de artículos vamos a desgranar los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio y, lo más importante, cómo cumplir con los requisitos que Hacienda mira con lupa.
El gran beneficio: la reducción del 95% (o más)
Cumplir con los requisitos de "empresa familiar" permite que, en caso de herencia o donación, la base imponible del impuesto se reduzca en un 95% (llegando al 99% en algunas comunidades autónomas). Es la diferencia entre la continuidad del negocio o su liquidación por falta de liquidez para pagar a Hacienda.
Sin embargo, para acceder a esto, el primer filtro —y el más crítico— es la actividad económica real.
Requisito 1: la actividad económica real
Hacienda no quiere bonificar carteras de inversión o sociedades que solo sirven para guardar dinero o inmuebles sin uso. Para que su empresa sea considerada "familiar" a efectos fiscales, debe gestionar una actividad económica.
1. ¿Qué se considera actividad económica?
No basta con facturar. La ley exige que la sociedad tenga una infraestructura mínima para operar. El objetivo es diferenciar una empresa productiva de una sociedad patrimonial (aquella que se limita a gestionar bienes).
2. El caso crítico de los inmuebles
Si su empresa familiar se dedica al alquiler de inmuebles, el nivel de exigencia sube. Para que se considere actividad económica, la normativa suele exigir:
Contar con al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa dedicada exclusivamente a la gestión de esa actividad.
3. La regla del 50% (activos afectos)
Para que la bonificación se aplique a toda la empresa, más de la mitad de su activo debe estar compuesto por bienes necesarios para la actividad.
Atención al exceso de tesorería: si la sociedad tiene grandes cantidades de dinero en cuenta o inversiones financieras que no guardan relación con la operatividad del negocio, Hacienda podría considerar que esos activos no están "afectos" y excluir esa parte de la bonificación.
¿Por qué este requisito es el primer paso?
Si no superamos este análisis de la actividad real, el resto de la planificación fiscal se cae. Muchas empresas familiares acumulan beneficios año tras año sin reinvertirlos, convirtiéndose involuntariamente en "sociedades patrimoniales" a ojos de la Administración.
¿Está su empresa realmente operativa para Hacienda o es una hucha de cristal?
¿Quiere que analicemos su estructura actual?
En el próximo artículo hablaremos sobre el segundo pilar: las funciones de dirección y la retribución de los socios. Si le preocupa que su empresa no cumpla con los requisitos de actividad económica, no espere a que llegue el momento del relevo generacional. Contacte con nosotros para una revisión preventiva.